lunes, 23 de marzo de 2020

Emergencia sanitaria y la reasignación (Municipal y descentralizada) de recursos


Tras el Decreto N° 3442 y las medidas para asegurar su cumplimiento, el Poder Ejecutivo anunció un paquete económico destinado a hacer frente a la emergencia sanitaria nacional y a la alerta global. Uno de los cambios presupuestarios anunciado por aquel sería la reasignación de royaltíes, pago que hace Itaipú al Estado Paraguayo (y Brasil) por el uso de la potencia de la hidroeléctrica, distribuido porcentualmente por ley y transferido a las Municipalidades. 

La decisión del Poder Ejecutivo sobre la reasignación de los recursos financieros que comportan los royaltíes, habrá sido el resultado de un estudio técnico sobre el impacto y la proyección de tal modificación presupuestaria en las entidades a las que se pretende sustraer esas partidas, que son las Municipalidades, así como a la que se los planea destinar, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. 

El Poder Ejecutivo, tal vez, partió de la pregunta ¿Cuál o cuáles son los recursos financieros de los cuáles el Gobierno Central puede disponer inmediatamente? La respuesta entonces: los royaltíes. Seguidamente, el silogismo: 1. Los royaltíes son los recursos que se reasignarán a la función salud cuya ejecución es responsabilidad del Estado; 2. Las Municipalidades administran los royaltíes, y acaba, 3. Los royaltíes se sustraen de las Municipalidades (al parecer, la mitad).

Al respecto, la Asociación de Intendentes del Departamento de Paraguarí se pronunció en disconformidad con el uso de fondos de royaltíes y señaló que el Poder Ejecutivo puede utilizar los recursos del Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI) que tiene, señala, 400 millones de dólares (https://www.abc.com.py/edicion-impresa/politica/2020/03/21).

Sin embargo, en la idea que ya el Poder Ejecutivo escogió que la reasignación necesaria sea de royaltíes, volviendo al silogismo, hay dos elementos gravitantes que, consideramos, están ausentes: 2.1. Las Municipalidades tienen competencia en materia de salud, con alcance constitucional (art. 168) y en la Ley Orgánica Municipal (art. 12). Claro está, a desempeñar en coordinación con el ente rector que es el Ministerio de Salud Pública y Acción Social; y 2.2. Las Municipalidades tienen autarquía presupuestaria que las dota de absoluta legalidad y capacidad para administrar los royaltíes.

La decisión del Poder Ejecutivo tiene por telón de fondo la descentralización, mandato constitucional y cimiento de nuestro modelo de Estado, y por otro lado la garantía de la Autonomía Municipal, que incluye la participación de las Municipalidades en asuntos que afecten su autarquía y, en particular, la protección de sus recursos económicos (art. 170, Constitución).

Así las cosas, sería posible que el planteo del Poder Ejecutivo, consista en establecer que las Municipalidades lleven adelante los proyectos de prevención y asistencia a los casos de pandemia conavid19, administrando, ellas mismas, los recursos de royaltíes para la función de salud (personal, equipamientos, enseres, insumos, adecuaciones), siguiendo el arquetipo normativo de rendición de cuentas que la ley ya posee para otras transferencias o compensaciones que se hacen a los municipios. Ello sí sería tendiente a asegurar que la respuesta al problema de la emergencia sea eficaz y eficiente, porque es territorial.

sábado, 7 de marzo de 2020

Descentralización del Estado y Acceso a la información Pública (coautoría de Jorge García Riart)

https://issuu.com/jorgegarciariart/docs/armado?fbclid=IwAR1p2q0yYSgYs6wrgTtaTyoH6qTh85nZ8luqfW0szvdmQRYGWgcHo3lNI1M

La creación de municipios en el Paraguay (Parte II)

https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/judicial/2019/11/18/la-creacion-de-municipios-en-el-paraguay-final/

La creación de municipios en el Paraguay (Parte I)

https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/judicial/2019/11/11/la-creacion-de-municipios-en-el-paraguay-i/

Entrevista para Revista E'a (11/12/19)

http://ea.com.py/v2/la-lucha-de-nelson-maciel-y-los-estudiantes-de-mayor-otano-contra-la-corrupcion/?fbclid=IwAR0gXzx8kQoDPmHU2gZkFosL8xeY_c3dXT25uRM2jhBhKpcZFasDjIUyRBk

El Reglamento Europeo de protección de datos y su proyección hipotética en los municipios del Paraguay (Parte I)


https://mercadoyempresas.com/web/aporte-tecnico.php?id=99&fbclid=IwAR30zdtU3dU9p6eilA9tFUNhgZMkpz8Yfd4ep670EPl7yRDimgvPE8RY2xc

El Asociativismo Intermunicipal en América Latina (Capítulo Paraguay: Pág. 253)

http://www.amuch.cl/wp-content/uploads/2016/10/libro_asociativismo.pdf

La seguridad pública de las municipalidades (Parte II)

https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/judicial/seguridad-publica-de-las-municipalidades-fin-1822163.html

viernes, 6 de marzo de 2020

Emergencia sanitaria y la reasignación (Municipal y descentralizada) de recursos

Tras el Decreto N° 3442 y las medidas para asegurar su cumplimiento, el Poder Ejecutivo anunció un paquete económico destinado a hacer f...